Este 1 de enero de 2022 ha entrado en vigor la nueva normativa de producción ecológica. Con el fin de ayudaros a conocer las novedades y modificaciones, desde INTERECO, la Asociación Sin Ánimo de Lucro que agrupa a las Autoridades Públicas de Control de Agricultura Ecológica, hemos elaborado conjuntamente una serie de infografías que agrupan todos los cambios.
LA NORMATIVA A TU ALCANCE
Desde 2007 y 2008 la producción ecológica viene regulada por los Reglamentos (CE) 834/2007, Reglamento (CE) 889/2008 y Reglamento (CE) 1235/2008.
En junio de 2018, se publicó el Reglamento (UE) 2018/848 por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo y según el cual, a partir del 1 de enero de 2022, las auditorias de las entidades de certificación deben realizarse de acuerdo con el citado Reglamento.
Los diferentes nuevos reglamentos de ejecución y delegados que incluyen normas de desarrollo, o bien complementan o modifican el nuevo Reglamento (UE) 2018/848, se han ido publicando hasta este mismo año 2021.
Los actuales Reglamentos (CE) 834/2007, Reglamento (CE) 889/2008 y Reglamento (CE) 1235/2008 dejarán de aplicarse a partir del 1 de enero de 2022.
A modo de referencia y a fecha de hoy, la nueva normativa de producción ecológica aplicable a partir del 1 de enero de 2022 está constituida por:
Reglamento (UE) | 2018/848 | Modificado por Reglamentos Delegados (UE) 2020/427; 2020/1794; 2021/642; 2021/715; 2021/716; 2021/1006; 2020/1693; 2021/269; 2021/1691; 2021/1697 |
Reglamento de Ejecución (UE) | 2020/464 | Conversión y ganado |
Reglamento de Ejecución (UE) | 2021/279 | Controles y trazabilidad |
Reglamento de Ejecución (UE) | 2021/1165 | Productos y sustancias utilizables |
Reglamento de Ejecución (UE) | 2021/1378 | Certificación en terceros países |
Reglamento de Ejecución (UE) | 2021/2119 | Registros y declaraciones |
Reglamento Delegado (UE) | 2020/2146 | Normas excepcionales |
Reglamento Delegado (UE) | 2021/771 | Controles oficiales |
Reglamento Delegado (UE) | 2021/1189 | Material reproducción vegetal |
Reglamento Delegado (UE) | 2021/1342 | Autoridades y Organismos de terceros países |
Reglamento delegado (UE) | 2021/1698 | Controles |
Los nuevos listados de productos y sustancias utilizables (fertilizantes, fitosanitarios, aditivos y coadyuvantes alimentarios y para piensos, sustancias enológicas, y otras materias primas o sustancias para piensos, producción de levaduras o algas) no han sufrido cambios significativos.
A modo de resumen general, las novedades más destacables de la nueva reglamentación son:
- Concreción de requisitos para producción de semillas germinadas.
- Habrá listas de productos de limpieza para producción vegetal e instalaciones de transformación/almacenamiento (pendientes de desarrollar).
- Posibilidad de certificación de grupos de operadores bajo requisitos concretos.
- Desarrollo de requisitos específicos para producción de cérvidos y cunicultura.
- Desarrollo de requisitos específicos para producción de pollitas y reproductores para futuras gallinas ponedoras y desarrollo de requisitos técnicos de gallineros y gallineros multinivel.
- Posibilidad de certificación de sal y otros productos estrechamente vinculados al sector agro como resinas, lana, pieles, cera de abejas, etc.
- Inclusión de material de reproducción heterogéneo.
- Requisitos para concesión de recortes del periodo de conversión.
- Eliminación de fase final de engorde de bovino en el interior de edificios sin acceso al exterior.
- Eliminación de la posibilidad de tener pastos/praderas aprovechadas exclusivamente a diente en ecológico y convencional.
- Inclusión del término “Orgánico” como equivalente de “Ecológico” y “Biológico”.
Las novedades principales quedan recogidas en las siguientes infografías:
Producción Vegetal
Grupo de Operadores
Producción Ganadera:
Productos transformados: