Para todos aquellos operadores del CAEM que deseen realizar exportaciones a EE.UU. les reseñamos a continuación información relevante para que puedan realizar la actividad de exportación:
Existe un acuerdo entre la Unión Europea y Estados Unidos, por el que se reconoce la equivalencia de las normas de producción ecológica de ambas regiones, y que permite comercializar los productos etiquetados como ecológicos tanto en el mercado europeo como en el mercado de Estados Unidos.
(Más detalles de este acuerdo de equivalencia en el documento de “Preguntas frecuentes” que la Unión Europea ha elaborado (descarga aquí), y en la web del Ministerio de Agricultura de Estados Unidos (USDA) con las condiciones de éste.
Entre otros aspectos, se establece que, aquellas empresas que necesiten exportar producto ecológico a Estados Unidos tienen que disponer de un Certificado de importación (NOP Import Certificate) emitido por la entidad de control de la Producción Ecológica de la empresa exportadora en la Unión Europea.
Desde el 19 de marzo del 2024, este certificado de importación (NOP) tiene que generarse en formato electrónico a través de una herramienta de gestión implementada por el USDA. (Los detalles que explican el proceso de generación de este certificado electrónico los puedes consultar aquí).
En este sentido, desde Estados Unidos se ha permitido de manera temporal la generación de NOP`s de manera electrónica sin que sea obligatorio para las empresas estadounidenses identificadas en este NOP, que estén previamente registradas en una base de datos global (Global Data Integrity) controlada por el USDA.
PRINCIPALES CAMBIOS:
- A través de una reciente reunión que el USDA ha coordinado con las entidades de control de Europa, se nos ha informado que dicho periodo transitorio terminó el 19 de septiembre del 2024. A partir de esta fecha, no se podrán emitir certificados NOP a las empresas que exporten a Estados Unidos, si su cliente (identificado en el NOP como la figura del importador) no está registrado en la base de datos Global Data Integrity.
- Además, no está permitido generar un certificado de importación (NOP) si la mercancía ha sido ya expedida, por tanto, es responsabilidad de la empresa exportadora, notificar de manera anticipada al CAEM, además de facilitar la documentación necesaria para que se emita el NOP.
Esta información está actualizada a fecha 12 de septiembre de 2024. Recomendamos a todos los operadores que realicen o vayan a hacerlo en un futuro exportaciones a Estados Unidos, verifiquen en la web del Ministerio de Agricultura de Estados Unidos (USDA) que no haya habido modificaciones en las condiciones.